Un inventari sorprenent (1867) i un testament (1881)
En Artana tenim la gran sort de tindre alguns constructors amb sensibilitat també cap al patrimoni etnològic i documental. Gràcies a ells s’han salvat de la crema o del barranc fotos, documents, roba o tota mena d’eines del treball o de la casa. És coneguda la col·lecció de José Rico “Seba”, que compta amb uns quants milers de peces —que s’hauria d’inventariar i documentar correctament; lamentablement encara no hem trobat cap institució competent en cap nivell.
Entre totes aquelles joies, hem tingut accés a una sèrie de documents legals de la segona meitat del segle XIX que són un luxe per a investigadors i interessats en els nostres estudis locals: es tracta d’escriptures pròpies de la nissaga que inicia José Novella i Traver i les seues dones: la primera, Vicenta Serra i Pitarch (mare de Cristina), i la segona, Teresa Vilar i Peris (mare de Teresa i José), que es podrien llegir com un relat de gran riquesa.
De moment en compartim dos dels més antics, que es poden llegir ací transcrits: el primer és l’inventari, datat dijous 14 de març de 1867, de la partició que beneficia a l’hereva Cristina Novella i Serra, un llistat que hem gaudit pel seu valor etnogràfic. La primera part de l’inventari inclou la roba de dona de sa mare, Vicenta Serra i Pitarch, i ens servix per conèixer part de la indumentària de meitat del segle XIX; el text està en castellà, òbviament, la qual cosa ens deixa sense saber quina era la denominació popular de la roba en aquells anys. Si esteu interessats, en internet es pot trobar fàcilment el vocabulari que s’utilitza en l’escriptura. És una lectura molt curiosa que mostra un altre món en què la roba dels difunts, els draps o fins i tot els tapets per a la boca dels cànters s’inventariaven i es deixaven en herència.
Després de la roba es descriuen els mobles que li toquen: set quadres de sants, sis cadires, dos tines, sis gerres o una taula menuda. Tot tenia valor.
Finalment es partixen pare i filla la casa del carrer del Calvari (actual carrer Fra Domingo Pitarch?), una fanecada de vinya al barranc de Castro i una heretat de tres fanecades de vinya i garroferal al barranc de Betxí.
El segon document, de dimarts 2 d’agost de 1881, és el testament del patriarca, José Novella i Traver, que fa la partició pensant que la seua filla Cristina ja té la part de sa mare. Deixa planejat el seu enterrament, amb les despeses per a misses o per a bé d’ànimes, i la partició de les propietats, cases i finques.
Esperem que gaudiu de la lectura tant com nosaltres.
Contingut
Inventari de roba, mobles i propietats (1867)
Testament de José Novella i Traver (1881)
Inventari de roba, mobles i propietats (1867)
Inventario de las ropas muger correspondientes a la heredera Cristina Novella y Serra, como heredera de su madre Vicenta Serra Pitarch difunta y que en esta fecha se incorpora de ella su abuelo Joaquin Serra.
Primeramente unas sayas XXXXXXXXXXX de cotonet
2 Dos sagalejos de indiana morada á medio uso
3 Otro sagalejo de estambre á medio uso
4 Unas sayas nuevas rojas
5 Tres mantillas, una de franela otra de seda y otra de vayeta vieja
6 Unos viones de algodón azules
7 Un justillo rojo dicho del traje rameado
8 Un panuelo de seda y otro dicho de girasol
9 Otro pañuelo de pita y otro morado dicho de capucha
10 Otro pañuelo morado de algodón
11 Un jubon corto de rompecoche
12 Un delantal cama blanco con franja de hilo
13 Dos agujas y un plendon Plascamona
14 Unos barquillos
15 Un enjugamanos
16 Un cubre cantaros
17 Dos pares de almoadas unas finas y otras de lienzo
18 Seis camisas de lienzo casero
19 Tres henaguas, una sabana
20 Trece voinas y media de lienzo casero mitad de veinte y siete que existian á la muerte de su primer consorte
21 Una bolcada para niños recien nacidos la cual se compone de un bolquer de indiana, otro para el bautizo blanco con farfalan bordado con franja, otro para bajo el vestido rojo, otro blanco de borilla, un jublón y balona con randa, cuatro camisas de lo mismo, siete gorros blancos, tres idem de colores, dos jubones de lo mismo, tres fajas, tres balonas las fajas dos de ellas blancas y otra encarnada rameada tres gambois, un gorro blanco bueno, y una balona blanca.
Inventario de los muebles y efectos correspondientes durante la sociedad conyugal entre Jose Novella y Traver y su primer consorte Difunta Vicenta Serra y Pitarch y en su representacion Cristina Novella y Serra.
Primeramente siete cuadros uno de santa Rosa de Llima, otro de san Cristovall, otro de Santa Ana, otro de nuestro Señor del Desagravio, otro de san jose, otro de san Pascual, otro de nuestra Señora de los Dolores, y un Crucifijo viejo.
2 Seis cillas con cuerda de esparto de madera de pino
3 Dos tinajas de unas diez arrobas de cabida
4 Seis jarros de losa blanca y demas que existe en la parada incluidos los demas muebles de losa evaluados todos en veinte y ocho reales
5 Una mesa pequeña madera de pino
Condiciones
Quedan convenidos Jose Novella y Traver y su suegro Joaquin Serra y Gomez en que durante la sociedad conyugal con su difunta hija Vicenta Serra se desprendio el Novella de una hanegada de huerta en termino de Villarreal, para mercar la casa que actualmente habita el viudo situada en este poblado calle del Calvario en cuya casa se estaba debiendo a la muerte de la difunta igual cantidad á la que se saco de la huerta nombrada, y en virtud á que fué solventada por dicho viudo de buen acuerdo se convinieron en que la casa antes nombrada sea partida por mitad entre el viudo y la heredera de la difunta por las razones espuestas anteriormente.
2º
Tambien se convinieron en partirse por mitad sobre una hanegada de tierra viña partida del barranco de Castro de este termino la que cuando se adquirio no se hizo instrumento publico y otra heredad partida del barranco de Bechí de unas tres hanegadas al presente plantada de viña y algarrobos adjuntas a demas tierra de propiedad del viudo pero la tierra de que se hablo esta á la parte de arriba la cual la circuye el camino de Bechí a la parte de arriba.
Y para que quede nota y conste cuando convenga libro el presente que firmo en Artana á los catorce dias del mes de Marzo de mil ochocientos sesenta y siete.
Pascual Cabañez [signa i rubrica]
Testament de José Novella i Traver (1881)
En el testamento otorgado por José Novella y Traver, en la villa de Artan á 2 de Agosto de 1881 aparece lo siguiente,
Primero. Mi cadaver vestido con habito de costumbre será trasladado á la Iglesia Parroquial de esta villa si fuere permitido, celebrandose misa de cuerpo presente y las demas exequias fúnebres que dispongan los albaceas, dandosele sepultura en el Cementerio de la misma.
Segundo. Asigno para atender á los gastos de mi funeral y entierro, inversion en bien de almas ciento doce pesetas cincuenta centimos, y si sobrare alguna suma se invertirá en celebración de misas rezadas, á disposicion de mis albaceas.
Tercero. Nombro albaceas a Don Pascual Cabañes y Pla, Agrimensor de esta vecindad, y Juan Novella y Traver, labrador de la misma, á los dos juntos y cada uno de por sí, con las facultades necesarias.
Cuarto. Declaro que de mi primer matrimonio con Cristina Serra y Pitarch, tengo una hija llamada Cristina Novella y Serra, mayor de edad, y del actual con Teresa Vilar y Peris tengo dos hijos llamados Teresa y José Novella y Vilar, menores de edad.
Quinto. Declaro que durante la sociedad conyugal con mi actual consorte se han hecho algunos reparos en la casa que actualmente habito vario del Cristo, propia de la misma, y es mi voluntad que ninguno de mis hijos pueda costarle cosa alguna por tal concepto por ser insignificante lo invertido en dicha casa.
Sexto. Es mi voluntad que toda la ropa blanca y de color, usada y sin uso, correspondiente al compareciente, ó sea de hombre, se le entregue á mi hijo José, sin cuenta alguna, sirviendole de mejora, ocurrido que sea mi fallecimiento.
Septimo. Declaro que mi hija Cristina ya tiene entregado todas las ropas, muebles y efectos que le correspondiesen por herencia de su madre y abuela, por lo tanto quiero que esta no pueda reclamar cosa alguna por dicho concepto.
Octavo. En el remanente de mis bienes y derechos presentes y futuros instituyo herederos á mis tres hijos Cristina Novella y Serra, Teresa y José Novella y Vilar, por partes iguales y de libre disposicion.
Noveno. Prevengo que el inventario, avaluo y division de mi herencia, se practiquen privadamente, pues en uso del derecho que la ley me concede prohibo que en mi testamento intervenga la autoridad judicial, á cuyo efecto nombro á Don Pascual Cabañes y Pla, Agrimensor de esta vecindad, para que practique cuantas operaciones sean necesarias que se consignaran por medio de escritura, que tendra toda la validez legal, la cual se presentará al Tribunal para su aprobacion, y aquel que se oponga á esta mi voluntad, percibirá tan solo la legitima, quedando los demas mejorados en tercio y quinto.
Este es mi testamento por el cual revoco y dejo sin ningun valor ni efecto los que hice autorizados por Don Francisco Torrejón, Notario de esta villa, en cierta fecha que no recuerdo, y el ante testigos, en el dia de ayer, y cualesquiera otros que pudieran aparecer con anterioridad, y quiero que lo que dispongo en el presente, se cumpla y ejecute en todas sus partes, como mi ultima y deliberada voluntad.
Así lo otorga el testador ante mí Don Honorio Miralles, Notario del colegio del Territorio de Valencia, vecino y con residencia en la Villa de Vall de Uxo, y los testigos rogados que lo son, Juan Villalba y Llidó, Joaquín Vilar y Portalés y Juan Sorribes y Piquer, de esta vecindad, mayores de edad.
Y leido po mi este documento, por no hacerlo el testador ni los testigos á quienes enteré de este derecho, se ratifican los primeros y no fian por decir no saber, á sus ruegos lo hace el testigo primero.
De todo lo cual, de conocer el testador quien me exhibe su cedula de empadronamiento de la que consta su profesion y vecindad; doy fe Juan Villalba=Signado Honorio Miralles = Esta rubricado.


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